Consejos compra vivienda segunda mano
Compra vivienda segunda mano
Lo primero comprobar la titularidad del vendedor, solicite una copia de la escritura de propiedad con nota de la inscripción en el Registro. Puede comprobar la situación de cargas de la vivienda solicitando una nota simple al Registro de la Propiedad. Antes de embarcarse de lleno en la compra, hay que acercarse al Registro de la Propiedad de la localidad donde esté el inmueble y solicitar una nota informativa de la finca
Si va a financiar la compra con un préstamo hipotecario, la entidad se encargará de realizar esta verificación, así como todos los trámites necesarios para la firma. Asegúrese de que la vivienda no está arrendada, y de que están pagados el último recibo de la Contribución (IBI) y las cuotas de la Comunidad de Propietarios. Si existe una hipoteca o embargo sobre la vivienda que va a comprar, los gastos de cancelación corresponden al vendedor. Solicite una copia de los Estatutos de la Comunidad para conocer sus futuros derechos y obligaciones. Compruebe si existe algún gasto extraordinario cuya parte proporcional tenga que asumir como nuevo propietario. Los gastos derivados de la compraventa corresponden al comprador, excepto el impuesto de Plusvalía.
Tras haber realizado esta fase de investigación, llega el momento de los compromisos reales. Lo más frecuente es que, como paso previo, se realicen unas entregas de arras o fianza. “Es algo más que una declaración de intenciones, el comprador y el vendedor manifiestan su interés en que se realice la transacción. Las más habituales son las arras penitenciales. En esta modalidad, entregaremos al vendedor un dinero a cuenta como garantía de que compraremos la vivienda en un plazo determinado. Si nos arrepentimos de la compra, lo perdemos. Si el que da marcha atrás es el vendedor, nos devolverá el doble de lo que le entregamos. Si decidimos comprarla, este dinero se considera como un adelanto o pago a cuenta del precio total.
Gastos de la compraventa en Vivienda de segunda mano.
Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP): se aplica sobre el valor de compra indicado en la escritura de compraventa. El tipo de gravamen es diferente según la Comunidad Autónoma, e incluso dentro de las mismas puede variar en función de determinadas circunstancias. Los tipos más habituales son el 6% y el 7%.
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