Modificación del régimen fiscal de las SOCIMI (Sociedades Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario)
La modificación del régimen fiscal de las
SOCIMI (Sociedades Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario) fue
acordado el pasado viernes por el Consejo de Ministros como una de las medidaspara contribuir a la flexibilización y dinamización del mercado de alquiler de
viviendas en nuestro país.
Esta modificación del régimen fiscal de las
SOCIMI SOCIMI (Sociedades Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario),
introduce una serie de cambios que tienen como finalidad flexibilizar los
requisitos exigidos a este tipo de entidades, entre los que cabe destacar:
Se reduce el plazo exigido para que los
bienes inmuebles que hubieran sido promovidos por la entidad se mantuvieran en
arrendamiento, de siete a tres años.
Se eliminan los requisitos de diversificación
(que la Sociedad tenga al menos tres inmuebles en su activo)
Se reducen las obligaciones de distribución
de beneficios con el objeto de favorecer la reinversión.
Se flexibilizan los requisitos mínimos
exigidos para acceder a la negociación en un mercado regulado.
Se reduce la cifra de capital social mínimo
exigido, de quince a cinco millones de euros.
Se elimina el requisito de que la
financiación ajena de la entidad no supere el 70 por 100 del activo de la
misma.
Por último indicar que a partir de ahora las SOCIMI
tributarán en función del resultado del ejercicio, incrementándose las rentas
exentas del 20 al 25 por 100 y el tipo de gravamen se fija en el 19 por 100.
En resumen una serie de medidas que se cree
que contribuirán al mejor funcionamiento de estas sociedades y que si se puedan
convertir en un elemento dinamizador del mercado.
Para más información:
Ministerio de Fomento