En el último trimestre de 2013 se recibieron 4523 solicitudes de adhesión al código de buenas prácticas
Las 45 entidades financieras
adheridas al Código de Buenas Prácticas (CBP) para la reestructuración viable
de las deudas hipotecarias sobre vivienda habitual recibieron en el último
trimestre de 2013 un total de 4.523 nuevas solicitudes, según datos de la
Comisión de Seguimiento. Esta cifra supera en un solo trimestre la registrada
durante todo el primer año de funcionamiento (entre marzo de 2012 y el mismo
mes de 2013), que fue de 4.385 solicitudes. También revela una clara aceleración
durante todo 2013, ya que se ha más que duplicado el número de peticiones
respecto de las registradas en el primer trimestre (1.967).
La progresiva mejor acogida de
las medidas incluidas en el CBP se explica por las mejoras introducidas en la Ley
1/2013 de 14 de mayo que supusieron ampliar y flexibilizar las medidas de
protección. Por ejemplo, se permitió a las familias con ingresos hasta tres
veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) acogerse al
CBP, cuando antes debían carecer de rentas. La unidad familiar ha debido sufrir
una alteración significativa de las circunstancias económicas durante los
últimos cuatro años y su cuota hipotecaria debe superar el 50% de los ingresos
netos, entre otras modificaciones.
Los datos referidos al nuevo CBP
indican que de las 4.523 solicitudes recibidas, 2.904 (el 64,21%) se
encontraban pendientes de resolver a finales de 2013. Durante ese tercer
trimestre se resolvieron en cambio 3.849 solicitudes (algunas arrastradas de
trimestres anteriores); de ellas se denegaron 1.529 y se aceptaron 1.624. La no
presentación de la documentación correspondiente y la renuncia del cliente (696
casos) fueron las causas principales de la denegación de la solicitud.
De las 1.624 operaciones
realizadas, en 1.227 casos (el 75,55% de las realizadas, y el 31,88% de los
expedientes tramitados) se llegó a una reestructuración viable de la deuda
pendiente; en 397 casos (24,45% de las realizadas y el 10,31% de los
expedientes tramitados) se acordó la dación en pago y consiguiente extinción de
la deuda, y en ningún caso la operación finalizó con una quita de la deuda por
parte de la entidad con el fin de poder reestructurar la deuda de modo viable.
Para más información:
Ministerio de Economía y Competitividad