viernes, 10 de mayo de 2013

Tribunal Supremo anula cláusulas suelo

Tribunal Supremo anula clausulas suelo
No tendrán efectos retroactivos así que los bancos no tendrán que devolver el dinero cobrado injustamente a los hipotecados

El Tribunal Supremo anula condiciones que limitan bajadas del crédito del BBVA y otras entidades que tenían en sus hipotecas cláusulas suelo
Dictamina que solo serían lícitas si cumplieran duros requisitos de información al consumidor

El Alto Tribunal ha aprovechado el pleito contra BBVA, Cajamar Caja Rural, Sociedad Cooperativa de Crédito (hoy Cajas Rurales Unidas) y Caja de Ahorros de Galicia, Vigo, Orense y Pontevedra (hoy NCG banco) por el que se había solicitado la declaración de nulidad por abusivas de las cláusulas que fijan un tipo mínimo de interés o un tipo mínimo de referencia para sentar jurisprudencia.

Finalmente sentencia la nulidad de estas cláusulas por falta transparencia y, a tal efecto, el Supremo estima que "no es suficiente con que las cláusulas de forma aislada sean comprensibles". El tribunal falla que la nulidad de estas cláusulas "no afecta a la subsistencia de los contratos ni a las cantidades ya pagadas".

Es decir se puede entender que el Tribunal Supremo le dice a los bancos que "hasta aquí hemos llegado" que no roben más a los hipotecados pero que lo "robado" no tendrán que devolverlo.

Para evitarlas en el futuro establece que los clientes deben ser informados "de forma clara y destacada", sin que las cláusulas puedan pasar inadvertidas al consumidor entre otras propias de un contrato tan complejo. Además, el Supremo indica que el consumidor debe ser informado de otros productos para que pueda realizar una comparación y pueda optar después de tener un información suficiente.

Tal vez lo más importante es que el Supremo ha sentado jurisprudencia a partir de un caso concreto contra BBVA, Cajas Rurales Unidas y NCG Banco. Antes de analizar el asunto, la Sala señala que en los supuestos de cláusulas abusivas, los tribunales deben "atemperar" las clásicas rigideces del proceso, del tal modo que "no es preciso" ajustarse a la estructura de los recursos.

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