Se aprueba el Real Decreto Ley de Reestructuración y Resolución de Entidades de Crédito
El Gobierno aprobó el pasado viernes en
Consejo de Ministros, el Real Decreto Ley de Reestructuración y Resolución de
Entidades de Crédito, norma que supondrá una herramienta esencial en los
procesos de gestión de crisis de entidades de crédito. Con este fin se
refuerzan los instrumentos de resolución de crisis necesarios, tanto respecto
del papel de las instituciones públicas, como en los procedimientos y
herramientas disponibles.
Este Real Decreto Ley de Reestructuración y
Resolución de Entidades de Crédito, incluye seis tipos de medidas:
1.- Un nuevo marco reforzado de gestión de
situaciones de crisis de entidades de crédito, que permitirá su
reestructuración eficaz y la resolución ordenada en caso necesario.
2.- Una nueva regulación del FROB que
delimita sus competencias y refuerza significativamente las herramientas de
intervención en todas las fases de gestión de crisis.
3.- El refuerzo de la protección a los
inversores minoristas.
4.- Un marco legal para la constitución de
una Sociedad de Gestión de Activos (SGA).
5.- Un sistema de reparto entre el sector
público y privado del coste de los procesos de reestructuración derivado de la
intervención en las entidades.
6.- Otros aspectos como el refuerzo de los
requerimientos de capital que deben tener las entidades (tanto en la definición
como en el nivel), nuevos límites a la remuneración de directivos de entidades
con ayudas y el traspaso de competencias al Banco de España.
Señalar que esta norma tendrá como objetivo
último salvaguardar la estabilidad del conjunto del sistema financiero, más
allá de los problemas de una entidad concreta.
Además con la aprobación de este Real
Decreto, el Gobierno da cumplimiento a sus compromisos de naturaleza jurídica
dentro del programa de asistencia financiera a España para la recapitalización
del sector bancario, acordado por el Eurogrupo el pasado 20 de julio y recogido
en el Memorando de Entendimiento. No sólo se incluyen los aspectos que debían
incorporarse antes del 31 de agosto, si no que se anticipan otros como la modificación
de la estructura organizativa del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria
(FROB), el refuerzo de la protección a los inversores minoristas y el traspaso
de competencias en materia sancionadora y de autorización de nuevos bancos
desde el Ministerio de Economía y Competitividad al Banco de España.
Para más información:
Ministerio de Economía y Competitividad