Desaparición tipos de interés de referencia en Hipotecas
Baja de determinados tipos de interés de referencia en las hipotecas
COMUNICADO SOBRE LA PUBLICACIÓN DE DETERMINADOS TIPOS DE INTERÉS DE REFERENCIA DE LOS PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS A TIPO VARIABLE
1.- INFORMACIÓN GENERAL
Ante las dudas que se están suscitando respecto a la continuidad de los tres índices de referencia para préstamos hipotecarios que dejaron de ser considerados oficiales para los nuevos préstamos contratados a partir de la entrada en vigor de la Orden EHA/ 2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios (http://www.boe.es/boe/dias/2011/10/29/pdfs/BOE-A-2011-17015.pdf ), resulta oportuno aclarar lo siguiente:
• En primer término , debe indicarse que, tal y como señala la disposición transitoria única de la citada Orden, “los índices o tipos de referencia que se publicaran con carácter oficial y estuvieran siendo empleados en préstamos a interés variable a la entrada en vigor de esta orden, continuarán siendo considerados aptos a todos los efectos…”, es decir que dichos índices, mientras sigan publicándose, continúan siendo índices válidos para los créditos o préstamos hipotecarios a tipo de interés variable que a la entrada en vigor de la Orden los tuvieran como índice de referencia.
• Además, la Orden indica que la desaparición completa de los citados índices o tipos se producirá transcurrido un año de la entrada en vigor de la misma y su normativa de desarrollo, es decir, el 6 de octubre de 2013, pero “siempre que en ese plazo se hubiese establecido el correspondiente régimen de transición para los préstamos afectados”.
• El Gobierno está trabajando en la regulación de dicho régimen de transición que estará aprobado previsiblemente antes del citado 6 de octubre de 2013. No obstante, hasta que el mismo se determine y entre en vigor, el Banco de España va a seguir publicando mensualmente, como viene haciendo hasta la fecha, el valor de dichos índices de referencia.
2.- ¿QUÉ TIPOS HAN DEJADO DE SER OFICIALES? ¿CUÁNDO?
El 29 de abril de 2012, varios tipos de interés de referencia dejaron de ser oficiales: a. Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las cajas de ahorro (IRPH-Cajas).
b. Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por los bancos (IRPH-Bancos).
c. Tipo activo de referencia de las cajas de ahorros (Tipo CECA).
3. ESTOS TIPOS QUE HAN DEJADO DE SER OFICIALES, ¿SIGUEN SIENDO APLICABLES A MI PRÉSTAMO?
Sí, al menos hasta el 6 de octubre de 2013, el Banco de España va a seguir publicándolos mensualmente y estos producirán todos los efectos sobre los contratos.
Para entonces estaría aprobado un régimen de transición de estos tipos a otros que mantengan el carácter oficial.
4. ESTOS TIPOS, ¿VAN A DEJARSE DE PUBLICAR EL 29 DE ABRIL DE 2013?
No, la Orden obliga a su publicación, al menos, hasta un año después de la entrada en vigor de la orden y de su normativa de desarrollo. Dado que el 6 de octubre de 2012 entró en vigor una Circular del Banco de España que la desarrolla (http://www.boe.es/boe/dias/2012/07/06/pdfs/BOE-A-2012-9058.pdf), se seguirán publicando al menos hasta el 6 de octubre de 2013.
5. ¿CUÁNDO SE PRODUCIRÁ LA DESAPARICIÓN COMPLETA DE ESTOS TIPOS?
El Gobierno trabaja para que el 6 de octubre de 2013 se haya aprobado el régimen de transición de estos tipos.