miércoles, 20 de mayo de 2020

La garantía de los Fondos de Inversión, El FOGAIN

¿SABES QUÉ GARANTÍA TIENEN LOS FONDOS DE INVERSIÓN ANTE IMPREVISTOS?
 

Saber qué garantía tienen los fondos de inversión donde tienes depositado tu dinero es importante para saber qué esperar ante posibles imprevistos y no llevarse sorpresas desagradables, pero también para planificar bien nuestra inversión diversificando todo lo posible nuestra cartera.

 

Y es que aunque para participar en fondos de inversión se debe acudir a entidades autorizadas, éstas no están libres de realizar malas prácticas. ¿Qué ocurre ante estos casos? ¿Qué protección tenemos nosotros como inversores? ¿Existe alguna garantía para nuestra inversión? A estas y otras cuestiones de interés vamos a dar respuesta a continuación.

 

¿Quién garantiza los fondos de inversión?
 

Lo primero es lo primero. Aunque muchas veces se hable de que el mercado es libre, lo cierto es que esto no implica que no haya unos mecanismos de regulación y supervisión; en el caso de los fondos de inversión, es la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) la que se encarga en España de supervisar el buen funcionamiento.

 

Para llevar a cabo su cometido, la CNMV inspecciona regularmente y recoge información de todos los fondos de inversión autorizados a nivel nacional –unos 2.600 en España- así como de las sociedades y entidades que los gestionan. La CNMV es también la que tiene el poder para autorizar el registro y funcionamiento de cualquier fondo, revisar las cuentas de las gestoras, y vigilar y sancionar las infracciones.

 

¿Qué es el FOGAIN?
 

Aquí el quid de la cuestión. ¿Qué pasa si la sociedad que gestiona nuestro fondo entra en concurso y no puede reembolsarnos nuestra inversión? Es aquí cuando entra en juego el Fondo General de Garantía de Inversiones (FOGAIN), que es el que se encarga de indemnizar a los inversores cuando una sociedad o agencia de valores se declare insolvente (o sea declara insolvente por la propia CNMV).

 

En concreto, el FOGAIN ofrece una indemnización máxima de hasta 100.000 euros a cada cliente de una sociedad o entidad adherida a este fondo, para que puedan recuperar el efectivo gestionado por dicha sociedad o entidad. Para ello deben darse dos circunstancias:

Que la sociedad se declare en concurso de acreedores
Que la CNMV declare oficialmente que dicha sociedad no reúne las condiciones financieras para cumplir las obligaciones con sus clientes, incluyendo la restitución de sus bienes (efectivo o valores) en un plazo máximo de 21 días hábiles.
Es importante subrayar que el FOGAIN no cubre las pérdidas ocasionadas por los cambios  en el mercado de los valores en los que hubieran invertido los inversores de un fondo. Además no debemos confundir el FOGAIN con el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD), que es el que cubre a los clientes de una entidad de crédito (bancos) en casos equivalentes de insolvencia ante sus clientes. Veamos la diferencia más en detalle a continuación.

 

¿Qué diferencia hay entre el Fondo de Garantía de Depósitos, y el FOGAIN?
 

Tanto el FGD como el FOGAIN cubren hasta un máximo de 100.000 euros por titular y entidad, pero operan en ámbitos y distintas situaciones.

 

¿Qué cubre el Fondo de Garantía de Depósitos?
 

Si una entidad de crédito se declara en quiebra, suspensión de pagos o insolvencia, el FGD garantiza a cada uno de ellos la recuperación de un máximo de 100.000 euros por titular y entidad. Pero ojo, porque esta garantía no cubre sólo el dinero, sino que también cubriría aparte con otros 100.000 euros los depósitos en forma de valores u otros instrumentos financieros que pudiéramos tener.

 

Por tanto, el FGD no sólo cubre cuentas corrientes y de ahorro, sino también las inversiones en cuentas de valores, aunque insistimos en que no indemniza por las pérdidas de estos a causa de la evolución de los mercados o del riesgo de crédito.

 

Hay que reseñar además que el FGD cubre esos 100.000 euros por cada entidad, no por cada cuenta, razón por la cual si disponemos de una cantidad superior conviene distribuirla entre cuentas de otras entidades.

 

¿Qué cubre el Fondo de Garantía de Inversiones?
 

Si un cliente de un fondo de inversión solicita el reembolso de su inversión a una entidad gestora, y ésta no puede hacerlo, el FOGAIN le garantiza a ese inversor la devolución de un valor máximo de 100.000 euros.

 

¿Qué cambia entonces respecto al FGD? Pues básicamente que las entidades de crédito no permiten depositar dinero en una cuenta de valores, pero esto sí es posible en el caso de los brokers financieros. Por tanto, operan mecanismos distintos en función de quién sea el que gestione nuestra inversión y si tenemos dinero o valores en nuestra cuenta.

 

Así por ejemplo, si tenemos acciones en una cuenta de valores de un banco y éste quiebra, entra en juego la garantía del FGD; pero si tenemos acciones y dinero en una cuenta de valores de un broker y éste quiebra, sería el FOGAIN quien nos garantizaría la devolución de esas acciones y de ese dinero (hasta los 100.000 euros, claro).

 

¿Qué entidades están cubiertas por el Fondo de Garantía de Inversiones?
 

Tanto las empresas de servicios de inversión autorizadas como las sociedades gestoras de entidades de crédito que gestionen carteras, están obligadas por ley a adherirse al FOGAIN, con lo que sus clientes quedan cubiertos automáticamente ante una insolvencia.

 

Si se trata de empresas de inversión extranjeras autorizadas para operar en España, deberán acreditar su pertenencia bien al FOGAIN o bien a un fondo similar en su país de origen. En cualquier caso, todas las empresas y entidades deben informar al cliente de la cobertura que tienen y de dónde pueden reclamar una indemnización ante este tipo de situaciones.

 

Como es lógico, esto es válido para gestores autorizados: el FOGAIN no cubre las operaciones que realicemos a través de intermediarios sin autorización; tampoco cubre las inversiones en bienes tangibles, ya que no son inversiones financieras.

 

Otro supuesto que tampoco cubre el FOGAIN son por ejemplo las emisiones de acciones o pagarés de una empresa que empresa que luego resulte ser insolvente. Por todo esto, además de tener claro qué garantía tienen los fondos de inversión, es muy importante que antes de invertir nuestro dinero nos informemos y nos asesoremos bien, acudiendo si es necesario a una entidad homologada o a un experto en la materia.

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