martes, 24 de diciembre de 2013

Aprobado el Proyecto de Ley de Desindexación


El Gobierno aprobó en el último Consejo de Ministros celebrado el pasado viernes, el Proyecto de Ley de Desindexación de la Economía Española, para su remisión a las Cortes, tal como estaba previsto en el Programa Nacional de Reformas. El objetivo último es contribuir desde el sector público a la estabilidad de los precios y a la mejora de la competitividad mediante la eliminación de la práctica de subidas automáticas de precios en función del IPC. Las subidas deberán estar justificadas exclusivamente por el aumento de los costes del servicio.  

En un contexto de estabilidad de precios y de pertenencia a la moneda única, la indexación automática da lugar a pérdidas de competitividad, con incidencia en el crecimiento y el empleo. El Proyecto de Ley prevé la creación de un marco, obligatorio para la Administración e indicativo para el sector privado, que propicie la estabilidad de precios. Quedan excluidos del ámbito de aplicación la negociación salarial colectiva (tanto en el sector privado como para el personal laboral del sector público), las pensiones y los instrumentos financieros.

La regla general para el sector público será que no podrán realizarse indexaciones. Los aumentos de precios deberán estar justificados exclusivamente por la evolución de los costes del servicio. Con ello se rompe la inercia de subidas de precios automáticas, independientemente de los costes, y se evitan los llamados efectos de segunda ronda (alzas de precios de determinados productos que repercuten directamente sobre otros sin ninguna relación entre sí).

En el ámbito privado, las actualizaciones quedarán sometidas a la libre voluntad de las partes y si no hay pacto explícito no se realizará la actualización. Si el pacto entre las partes no especifica el índice de referencia, se utilizará el índice de actualización propuesto en esta Ley, el Índice de Garantía de Competitividad (IGC). La variación del IGC será igual a la inflación en la zona euro menos un factor corrector que permitirá recuperar la competitividad perdida. Tendrá un techo del 2% (objetivo de inflación del BCE a medio plazo) y un suelo del 0%.

La Ley contribuirá a mantener el poder adquisitivo de los ciudadanos. Los servicios públicos básicos cubiertos por la norma representan aproximadamente el 7% del presupuesto familiar de los españoles (unos 36.000 millones de euros al año). Una evolución moderada de los precios de estos servicios refuerza el poder adquisitivo de las familias españolas, máxime si sus rentas han sido de alguna manera desvinculadas de la evolución del IPC.

El Gobierno ya ha previsto, mediante enmienda introducida en la Ley de Presupuestos, un régimen transitorio hasta que la Ley esté aprobada por las Cortes. Así, para contratos y encomiendas del sector público, se prohíbe la revisión de precios en función de un índice general. Las revisiones se realizarán sobre índices específicos que reflejen la evolución de los costes. Además, el Proyecto ha eliminado la retroactividad prevista inicialmente para determinados contratos.

Para más información:
Ministerio de Economía y Competitividad

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