Modificaciones en el régimen jurídico de las Cajas de Ahorros
El Real Decreto Ley sobre reforma del sistema financiero aprobado el pasado viernes en Consejo de Ministros contempla una serie de modificaciones en el regimenté jurídico de las cajas de ahorros.
Así las modificaciones en el régimen jurídico de las Cajas de Ahorros, que contempla este Real Decreto son las siguientes:
Se simplifican la estructura organizativa y los requisitos operativos de las cajas de ahorros que ejerzan su actividad de forma indirecta (las fusionadas que han cedido su negocio financiero a un banco de nueva creación). Los órganos de gobierno serán la Asamblea General y el Consejo de Administración.
El número de miembros del Consejo de Administración y la periodicidad de sus sesiones serán determinados por los estatutos de la caja de ahorros.
No podrán destinar más del 10 por 100 de sus excedentes de libre disposición a gastos diferentes de los correspondientes a la obra social.
Se simplifica el funcionamiento, periodicidad y forma de convocatoria de las Asambleas Generales.
En el caso de la transformación en fundaciones de carácter especial, se fija un umbral mínimo de capital de la entidad de crédito (25 por 100) por debajo del cual la caja titular tendrá en todo caso que convertirse en fundación de carácter especial.
Para más información:
Ministerio de Economía y Competitividad