Derrama a la banca para pagar las preferentes
Derrama a los bancos
La derrama a la banca para pagar las preferentes
es una de las medidas que se contemplan en el Real Decreto Ley sobre Medidas en
materia de participaciones preferentes y Deuda Subordinada de Entidades de
Crédito en Reestructuración o Resolución, y otras medidas de carácter
financiero, que fue aprobado por el Gobierno, en su última reunión del Consejo
de Ministros celebrada el pasado viernes. Indicar que en este Real Decreto, se articulan
mecanismos para realizar un seguimiento de los procesos de arbitraje y se
establecen, con carácter excepcional, mecanismos de liquidez para el canje de
estos productos.
Indicar que una de las medidas que se
contemplan en este Real Decreto, es lo que podemos entender como una derrama a
la banca para pagar o ayudar a solucionar el enorme problema creado a los
ahorradores en nuestro país, con las preferentes.
Así con el objeto de mantener una posición
patrimonial saneada del Fondo de Garantía de Depósitos, se establece una
contribución especial al FGD distribuida en tramos de un tres por 1000 sobre
los depósitos computables.
Un primer tramo, equivalente a dos quintas
partes, se deberá satisfacer en el plazo de veinte días hábiles desde el 31 de
diciembre de 2013. En relación con este tramo, la Comisión Gestora del Fondo de
Garantía de Depósitos podrá establecer una serie de exenciones:
La no aplicación de este tramo a las
entidades mayoritariamente participadas por el FROB.
Una deducción de hasta un máximo del 50 por
100 en las aportaciones en el caso de las entidades adheridas al Fondo cuya
base de cálculo no exceda de cinco mil millones de euros.
Una deducción de hasta un máximo del 30 por
100 de las cantidades invertidas por las entidades antes del 31 de diciembre de
2013 en la suscripción o adquisición de acciones o instrumentos de deuda
subordinada emitidos por la SAREB.
Un segundo tramo, equivalente a las tres
quintas partes restantes, a satisfacer a partir de 1 de enero de 2014 de
acuerdo al calendario de pago que fije la Comisión Gestora, dentro de un plazo
máximo de siete años. Sin perjuicio del citado calendario de pago, el importe
correspondiente a este segundo tramo se registrará como patrimonio del Fondo de
Garantía de Depósitos en la fecha en que se liquide el primer tramo.
En definitiva, una buena medida, porque
parece justo que la banca contribuya a ayudar a paliar un problema que ellos
fueron los que lo crearon, la vender este tipo de productos a gente no indicada
para entender lo que en realidad estaba adquiriendo, ahora bien, esperemos que
esta nueva tasa por los depósitos, no vaya en menoscabo de los intereses que le
paguen estas entidades a los ahorradores, aunque mucho nos tememos, que algo
seguro que se notará.
Para más información:
Ministerio de Economía y Competitividad