El índice de referencia sustitutivo en las hipotecas
Índice de
referencia sustitutivo en hipotecas, ¿enemigo o aliado?
Imagínense que un buen día al despertar nuestro querido
sistema métrico ha desaparecido. En ese momento tendríamos que recurrir a otros
sistemas de medida que pudieran cubrir esta necesidad. Pues bien, esta extraña
situación podría tener lugar con el índice de referencia de su hipoteca y daría
lugar a la activación del índice sustitutivo, normalmente recogido en el mismo
contrato hipotecario. Negociar este índice puede evitarnos muchos sustos
innecesarios, apuntan desde el comparador de hipotecas HelpMyCash.com.
Hipotecas referenciadas a euríbor
El euríbor es el índice rey de las hipotecas españolas,
presente prácticamente en 9 de cada 10 préstamos para vivienda a tipo variable.
Su desaparición podría tener importantes
consecuencias para la economía de cientos de miles de familias, para bien o
para mal.
A este respecto hay que señalar un futuro e importante
cambio en el euríbor: el lanzamiento del
euríbor plus. Aunque no se trate de un índice de referencia completamente
nuevo, de hecho es el mismo índice, pero con diferencias en el cálculo, algunas
entidades podrían entender esta modificación como la extinción del actual
euríbor. Esto significaría que en lugar de mantener la nueva actualización del
euríbor, se pasaría a lo que se indicara en el apartado de índice sustituto,
con el consiguiente riesgo de que se nos aplique IRPH, encareciendo sensiblemente nuestra cuota mensual.
Si este es nuestro caso, es importante ponerse en contacto
con nuestra entidad para que nos explique cuál será nuestro devenir. Podemos
contar con la ayuda de guías gratuitas sobre el euríbor plus como la que ha elaborado
el comparador HelpMyCash.com, que amplían esta información.
¿Ha sucedido esto antes?
No es la primera vez que un índice de referencia desaparece.
Este es precisamente el motivo por el que podemos encontrar cláusulas en los contratos
hipotecarios que responden a este problema.
Aquellos que tenían IRPH Cajas o CECA vieron como en 2013
dejaban de publicar este índice, sufriendo el consiguiente cambio. En este
caso, siguiendo la regla del Banco de España, podían darse los siguientes
casos:
·
Si el interés estaba referenciado a IRPH cajas o
CECA y se especificaba que se mantendría
como fijo el último interés aplicado, las hipotecas mutaron a interés fijo.
·
Si teníamos los índices anteriores, pero no se especificaba ningún sustitutivo
o el que figuraba también desaparecía,
se pasaba a tener IRPH entidades (aún en vigor) “aplicándole un diferencial
equivalente a la media aritmética de las diferencias entre el tipo que
desaparece y el citado anteriormente, calculadas con los datos disponibles
entre la fecha de otorgamiento del contrato y la fecha en la que efectivamente
se produce la sustitución del tipo”
Tres años más tarde de estas modificaciones aún siguen
apareciendo casos de cambios indebidos, por lo que resulta vital estar al tanto
de cómo procederá la entidad frente al cambio de índice.