Se modifican ciertas normas financieras en relación con las autoridades europeas de supervisión
La modificación de ciertas normas financieras
en relación con las autoridades europeas de supervisión, se ha producido en al última
reunión del Consejo de Ministros, en la cual se ha aprobó un Real Decreto Ley
que regula la adaptación de la normativa financiera española al sistema europeo
de supervisión.
Esta modificación de ciertas normas
financieras en relación con las autoridades europeas de supervisión tendrá como objetivo incorporar de forma
inmediata al ordenamiento jurídico español el contenido de una Directiva
comunitaria.
El Real Decreto Ley introduce la obligación
de cooperación del Banco de España, la Dirección General de Seguros y la CNMV
con las autoridades europeas de supervisión para el intercambio de información
de carácter confidencial. Además, establece mecanismos para la comunicación,
entre otras cuestiones, de determinadas sanciones impuestas a entidades
supervisadas, así como de la firma de acuerdos de colaboración entre
autoridades de supervisión.
También se establecen protocolos de
información en caso de emergencias financieras en los países miembros.
Asimismo, se introduce la posibilidad de medicación vinculante por parte de las
Autoridades Europeas de Supervisión en la toma de decisiones conjuntas entre
supervisores de los Estados miembros. Por último, otro de los objetivos de la
nueva regulación es la unificación de la aplicación de la normativa financiera
común en toda la Unión Europea mediante la colaboración de las distintas
autoridades supervisoras.
Desde enero de 2011 la regulación de los
servicios financieros en toda Europa está supervisada por tres nuevas
instituciones: EBA (Autoridad Bancaria Europea), EIOA (Autoridad sobre Seguros
y Fondos de Pensiones) y ESMA (Autoridad sobre los Mercados de Valores). Estas
instituciones complementan y colaboran con los supervisores de los países
miembros.
Con el establecimiento de estas tres nuevas
entidades, la Unión Europea busca reforzar y unificar el marco legal de
supervisión, así como establecer una mayor coordinación entre estos
supervisores europeos y sus homólogos en cada país, (en el caso español, el
Banco de España, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y la
Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
Para más información:
Ministerio de Economía y Competitividad