Seguro de protección de pagos de Bancaja
Bancaja oferta su seguro de protección de pagos
Un seguro que garantiza el pago de la cuota mensual de su préstamo personal o hipotecario, en caso de desempleo o de incapacidad temporal por enfermedad o accidente, bajo las siguientes condiciones.
El seguro cubre las siguientes prestaciones:
El pago de las cuotas mensuales de su préstamo, hasta un máximo de 1.200 € por mes en préstamos personales y de 1.400 € al mes en préstamos hipotecarios. El número máximo de meses a cobrar es de 6 por siniestro y de 18 durante toda la vigencia del seguro, por cada una de las garantías.
Incapacidad Temporal para Autónomos
Incapacidad Temporal + Desempleo para trabajadores por cuenta ajena y funcionarios.
¿Cuales son las condiciones para poder percibir la prestación?
Para poder percibir las prestaciones, el titular/cotitular del préstamo asegurado debe encontrarse en alguna de las siguientes situaciones laborales:
Para la garantía de Desempleo, estar desempleado por causa distinta a las previstas en su contrato. Contar con una antigüedad laboral de 6 meses al momento de contratar el presente seguro.
Para la garantía de Incapacidad Temporal, encontrarse en situación de baja laboral por enfermedad o accidente. Estar trabajando al inicio del contrato.
Hasta transcurrido un mes desde la contratación del seguro no podrán solicitarse prestaciones por enfermedad, o de dos meses en caso de desempleo.
Para la garantía de Desempleo, estar desempleado por causa distinta a las previstas en su contrato. Contar con una antigüedad laboral de 6 meses al momento de contratar el presente seguro.
Para la garantía de Incapacidad Temporal, encontrarse en situación de baja laboral por enfermedad o accidente. Estar trabajando al inicio del contrato.
Hasta transcurrido un mes desde la contratación del seguro no podrán solicitarse prestaciones por enfermedad, o de dos meses en caso de desempleo.
Plazo y forma de pago de este seguro:
La duración del seguro coincidirá con la del préstamo, con un máximo de 5 años en operaciones hipotecarias y 7 años en personales.
La prima es única y se abona en la formalización del préstamo. Puede abonarla por separado, pero le aconsejamos que la financie junto con el préstamo, la diferencia de cuota mensual a pagar no es significativa, por lo que le resultará mucho más cómodo.