Aprobadas varias medidas para mejorar la financiación de las pymes
El Gobierno acaba de aprobar en
el último Consejo de Ministros celebrado el pasado viernes 28 de febrero varias
medidas que contribuirán a la mejora de la financiación de las pymes.
Así el Consejo de Ministros aprobó
un Anteproyecto de Ley (APL) para el Fomento de la Financiación Empresarial
cuyo objetivo es hacer más accesible y flexible la financiación a las pymes y,
en particular, sentar las bases para fortalecer las fuentes de financiación
directa. También se ha aprobado un APL de Entidades de Capital Riesgo que
persigue impulsar esta fórmula con la misma finalidad de mejorar la
financiación de las pymes, así como incorporar Derecho de la Unión Europea
respecto de los llamados fondos de inversión alternativa. El Consejo de
Ministros ha analizado además un informe sobre refinanciación y
reestructuración de deuda empresarial para una posterior aprobación.
Las principales novedades en el
APL sobre Fomento de la Financiación Empresarial son el establecimiento de un
sistema de preaviso e información por parte de las entidades de crédito para
aquellas pymes que ven restringida su financiación; la mejora del funcionamiento
de las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR) y de la Compañía Española de
Reafianzamiento (CERSA); el diseño de un régimen específico para los
establecimientos financieros de crédito; una adaptación de la regulación de las
titulizaciones; la mejora del régimen español de emisión de obligaciones; la
potenciación del Mercado Alternativo Bursátil (MAB); y una propuesta de
regulación del denominado crowdfunding.
Más en detalle, el APL regula los
siguientes aspectos:
Sistema de preaviso por parte de
las entidades de crédito. Se obliga a las entidades de crédito a ofrecer
preavisos de al menos tres meses e información específica sobre la situación
crediticia de aquellas pymes cuya financiación vaya a ser cancelada o
notablemente reducida.
Mejora del funcionamiento de las
Sociedades de Garantía Recíproca (SGR). Se establece que el reaval de CERSA
(Compañía Española de Reafinanciamiento) se active ante el acreedor en caso de
incumplimiento de la SGR tras el primer requerimiento. Adicionalmente, en aras
de fortalecer la gestión, profesionalidad y buen gobierno de las SGR se
extenderán a sus directivos los requisitos de honorabilidad, conocimiento y
experiencia propios de las entidades de crédito.
Régimen jurídico específico para
los establecimientos financieros de crédito. Se dotará a estas entidades del
marco jurídico más eficaz para mantener y potenciar su actividad. Estarán
plenamente orientadas a la financiación empresarial y del consumo por canales
alternativos a los estrictamente bancarios.
Mejora de la regulación de las titulizaciones en
España. Se propone la adopción de reformas con un doble objetivo. Por una
parte, se trata de flexibilizar el régimen jurídico de las titulizaciones para
adecuar este instrumento a las actuales demandas del mercado financiero, en
línea con los países más avanzados en la materia. Se persigue además aportar la
máxima seguridad jurídica y dar respaldo legal a la operativa habitual en el
ámbito de las titulizaciones.
Potenciar el funcionamiento del
Mercado Alternativo Bursátil (MAB). Se trata de facilitar el tránsito de las
sociedades desde la Bolsa hacia este sistema alternativo de negociación. Para
ello se sustituirá el requisito de presentar una opa de exclusión por otro
mecanismo menos oneroso, que garantice una adecuada protección de los
inversores minoritarios. Se flexibiliza el tránsito desde el propio MAB hacia
la Bolsa de aquellas compañías cuyo desarrollo y crecimiento exige la
cotización en este mercado oficial.
Mejora del régimen de emisión de
obligaciones. Se introducen diferentes medidas en la regulación mercantil,
tendentes a facilitar el acceso directo de las compañías españolas a los
mercados de deuda mediante la eliminación de límites a la emisión de
obligaciones.
Regulación del crowdfunding. En
línea con las consultas realizadas en otros países de nuestro entorno, se
incluye en el APL una propuesta preliminar de regulación en la que se fijan las
condiciones para el funcionamiento de este nuevo sistema, basado en plataformas
electrónicas que contactan directamente inversores y proyectos. El objetivo es
impulsar una nueva herramienta de financiación directa de proyectos
empresariales en sus fases iniciales de desarrollo, al tiempo que se protege a
los inversores. Para ello, se fijan las obligaciones de estas plataformas
garantizando que sean transparentes y que los inversores dispongan de
información suficiente. Se fijan límites por inversor tanto por proyecto (3.000
€) como por plataforma (6.000 € por año).
El APL de Entidades de Capital
Riesgo (ECR) introduce mejoras que permitirán el mayor desarrollo de este canal
de financiación de empresas. En particular a través de la creación de las
ECR-Pyme se promueve la financiación mediante instrumentos de capital y deuda
de las empresas en sus primeras etapas de desarrollo y expansión. Este tipo de
entidades invertirán al menos un 70% de su patrimonio en pymes, además de
participar en la gestión y aportar asesoramiento. Se beneficiarán de un régimen
financiero más flexible que el de las entidades de capital-riesgo tradicionales
ya que podrán hacer un mayor uso de instrumentos financieros de deuda.
Al hilo de la transposición de la
directiva de gestores de inversión alternativa se abordan otra serie de
reformas:
Introducción de nuevos requisitos
a las sociedades gestoras en cuanto a su estructura y organización para
garantizar el control de riesgos, de liquidez y de conflictos de interés, y en
concreto para cumplir con una política de remuneraciones que evite la toma de
riesgos excesivos.
Adaptación del régimen de
comercialización y gestión transfronteriza de fondos gestionados por sociedades
gestoras europeas y extranjeras.
Agilización y reducción de cargas
administrativas en el régimen de entidades de capital-riesgo, que ya no
quedarán sometidas a un régimen de autorización sino de simple registro ante la
Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
Ajuste de los requerimientos de
recursos propios mínimos de las sociedades gestoras, que se alinean con los de
la directiva y el resto de socios europeos.
Para más información:
Ministerio de Economía y Competitividad