Como dejar de pagar IRPH en la hipoteca
3 vías para
dejar de pagar IRPH en tu hipoteca
Actualmente existen en España más de un millón de afectados
por el IRPH, que están pagando cuotas muy por encima a las de los hipotecados
referenciados a euríbor. A la espera de que la justicia española y comunitaria
se posicionen sobre la nulidad de un índice, que se instauró bajo la promesa de
ser más estable y barato que el euríbor, el comparador financiero HepMyCash.com nos ofrece tres alternativas para pasar de IRPH a euríbor.
1. Novación de hipoteca
Una de las formas más sencillas de eliminar el IRPH y cambiar
a euríbor actual es mediante un acuerdo con nuestra entidad. La modificación de las condiciones del
contrato hipotecario no es gratis y tampoco obligatoria para la entidad,
por lo que puede rechazarla. Pero en caso de llegar a un acuerdo puede ser favorable
para el cliente.
Los gastos de la
novación de hipoteca para sustituir un índice por otro son:
·
Comisión por novación: si está incluida
en el contrato puede oscilar entre el 0 % y el 1 %, aunque algunas entidades
llegan al 2 %.
·
Notaría: entre el 0,2 % y el 0,5 % del
capital pendiente.
·
Gestoría: no hay un límite fijado,
aproximadamente 200 euros.
·
Registro de la propiedad: no suele
superar los 100 euros.
Para una hipoteca con un capital pendiente de 100.000
euros el coste aproximado de pasar de IRPH a euríbor con la misma
entidad es de 1.500 euros.
Otra opción que puede
ahorrarnos estos costes, siempre y cuando el banco acepte, es la
modificación de las condiciones a través de un contrato privado.
2. Subrogación de hipoteca
Si nuestra entidad no está de acuerdo en modificar las
condiciones del contrato hipotecario, podemos
plantearnos la posibilidad de cambiar nuestra hipoteca de banco para pasar
nuestra hipoteca a euríbor.
Al igual que la novación, la subrogación también tiene unos
costes, pero a diferencia de la anterior no
se necesita solicitar permiso a la actual entidad para ejecutar el cambio.
Los costes de la subrogación de hipoteca para cambiar el índice de
referencia son los siguientes:
·
Comisión por subrogación: como máximo
del 0,5 % durante los 5 primeros años del préstamo hipotecario y como máximo
del 0,25 % después.
·
Notaría: aproximadamente entre el 0,2 %
y el 0,5 % del capital pendiente.
·
Gestoría: no hay un límite fijado,
aproximadamente 200 euros.
·
Tasación: 300 euros aproximadamente.
·
Registro de la Propiedad: inferior a 100
euros.
En definitiva, el coste de una subrogación para un capital
pendiente de 100.000 euros es de 1.875
euros. Sin embargo, si conseguimos que una entidad acepte que traslademos
nuestra hipoteca, tendremos que presentar una oferta vinculante a nuestro
banco. Y si nuestra entidad mejora las condiciones o las iguala deberemos
quedarnos.
3. Demanda judicial contra la entidad
Otra opción es interponer una demanda a nuestra entidad.
Cada vez existen más sentencias que están declarando nulo este índice de
referencia. En concreto, a lo largo de
2015 se produjeron más de 30 demandas que declaraban nulo el IRPH.
Para que un tribunal declare nulo este índice, el cliente debe demostrar que el banco fijó
el IRPH en su hipoteca de forma poco transparente, sin explicarle en qué
consistía y sin darle la oportunidad de elegir otra opción. Además, su carácter
manipulable también está siendo motivo recurrido por los jueces para anular el
índice.
La mayoría de las sentencias que estiman nulo el IRPH, en
las hipotecas de los clientes afectados lo
sustituyen por euríbor a 12 meses y devuelven lo pagado de más desde el
principio. Sin embargo, la Audiencia Provincial de Álava, además de eliminar
el IRPH no aplica en sus sentencias otro índice sustituto, es decir el
hipotecado sólo pagará capital.