domingo, 24 de marzo de 2013

Derrama a la banca para pagar las preferentes

Derrama a los bancos

La derrama a la banca para pagar las preferentes es una de las medidas que se contemplan en el Real Decreto Ley sobre Medidas en materia de participaciones preferentes y Deuda Subordinada de Entidades de Crédito en Reestructuración o Resolución, y otras medidas de carácter financiero, que fue aprobado por el Gobierno, en su última reunión del Consejo de Ministros celebrada el pasado viernes. Indicar que en este Real Decreto, se articulan mecanismos para realizar un seguimiento de los procesos de arbitraje y se establecen, con carácter excepcional, mecanismos de liquidez para el canje de estos productos.

Indicar que una de las medidas que se contemplan en este Real Decreto, es lo que podemos entender como una derrama a la banca para pagar o ayudar a solucionar el enorme problema creado a los ahorradores en nuestro país, con las preferentes.

Así con el objeto de mantener una posición patrimonial saneada del Fondo de Garantía de Depósitos, se establece una contribución especial al FGD distribuida en tramos de un tres por 1000 sobre los depósitos computables.

Un primer tramo, equivalente a dos quintas partes, se deberá satisfacer en el plazo de veinte días hábiles desde el 31 de diciembre de 2013. En relación con este tramo, la Comisión Gestora del Fondo de Garantía de Depósitos podrá establecer una serie de exenciones:

La no aplicación de este tramo a las entidades mayoritariamente participadas por el FROB.

Una deducción de hasta un máximo del 50 por 100 en las aportaciones en el caso de las entidades adheridas al Fondo cuya base de cálculo no exceda de cinco mil millones de euros.

Una deducción de hasta un máximo del 30 por 100 de las cantidades invertidas por las entidades antes del 31 de diciembre de 2013 en la suscripción o adquisición de acciones o instrumentos de deuda subordinada emitidos por la SAREB.

Un segundo tramo, equivalente a las tres quintas partes restantes, a satisfacer a partir de 1 de enero de 2014 de acuerdo al calendario de pago que fije la Comisión Gestora, dentro de un plazo máximo de siete años. Sin perjuicio del citado calendario de pago, el importe correspondiente a este segundo tramo se registrará como patrimonio del Fondo de Garantía de Depósitos en la fecha en que se liquide el primer tramo.

En definitiva, una buena medida, porque parece justo que la banca contribuya a ayudar a paliar un problema que ellos fueron los que lo crearon, la vender este tipo de productos a gente no indicada para entender lo que en realidad estaba adquiriendo, ahora bien, esperemos que esta nueva tasa por los depósitos, no vaya en menoscabo de los intereses que le paguen estas entidades a los ahorradores, aunque mucho nos tememos, que algo seguro que se notará.

Para más información:
Ministerio de Economía y Competitividad

Creditos-Hipotecas © 2008. Template by Dicas Blogger.

TOPO