viernes, 13 de marzo de 2015

El ayuntamiento de Madrid modificada su ordenanza de precios públicos


La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid acaba de aprobar recientemente la modificación de la Ordenanza Reguladora de precios públicos por la prestación de servicios o la realización de actividades. La mayoría se refiere a normas de funcionamiento y de pago de los servicios socioculturales. Las familias numerosas obtendrán reducción en los precios del 50%,  para las familias numerosas de categoría general y del 90% para la especial. 

La primera de ellas se refiere a los cursos o talleres. En este sentido, las Áreas de Gobierno de Las Artes, Deportes y Turismo y de Economía, Hacienda y Administración Pública han iniciado un proyecto para potenciar la información de las actividades, posibilitar la solicitud de plazas y el pago del precio público por medios electrónicos a través de la página web del Ayuntamiento de Madrid, así como para mejorar la gestión tanto de los cursos o talleres como de los precios públicos que se exigen por ellos.

Se modifica el artículo  sobre  de Prestaciones de Servicios para actividades sociales-culturales, educativas, culturales y de esparcimiento, señalándose expresamente que en los cursos y talleres trimestrales, cuando la incorporación tenga lugar iniciado el trimestre se abonarán los gastos de inscripción y la cuota correspondiente al trimestre en curso. 

Por otro lado, se recoge una reducción de la cuota a favor de los miembros de familias numerosas de conformidad con lo dispuesto en  la Ley de Protección a las Familias Numerosas, que dispone que las Administraciones Públicas competentes establecerán un régimen de exenciones y bonificaciones para los miembros de las familias numerosas, en relación con las tasas y precios de su competencia en el ámbito de «El acceso a los bienes y servicios sociales, culturales, deportivos y de ocio». El apartado 3 del mismo artículo, por su parte, señala que se tendrá en cuenta el carácter esencial y las características del servicio, así como las categorías de familia numerosa. Por ello, se ha considerado conveniente establecer una reducción del 50% de la cuota para los miembros de las familias numerosas de categoría general y del 90 % para los miembros de las familias numerosas de categoría especial.

Además, se ha introducido un nuevo artículo relativo a las normas de gestión. Dispone que en los cursos y talleres cuya duración coincida con el curso escolar, la inscripción y primera cuota trimestral se abonarán, antes del inicio del curso o taller, bien con tarjeta de débito o crédito a través de Internet, o bien presencialmente en las oficinas de las entidades bancarias autorizadas. Las restantes cuotas se domiciliarán y los recibos se pasarán al cobro anticipadamente el día 5 o inmediato hábil posterior del mes anterior a aquel en que de comienzo cada trimestre. 

Domiciliación bancaria

Por último, se establece que los cambios en los datos de la domiciliación bancaria se pondrán en conocimiento del Ayuntamiento, y que para que surtan efectos respecto de la cuota del siguiente trimestre la comunicación deberá efectuarse con al menos un mes de antelación a la fecha del cobro anticipado. Esto tiene que ver con los plazos que, según la normativa europea, tiene el Ayuntamiento para remitir los ficheros a los bancos.

Asimismo se regula la forma de pago en los cursos cuya duración sea inferior a un trimestre: por Internet con tarjeta de crédito o débito o presencialmente con documento de cobro a través de las entidades bancarias autorizadas.

También se recoge la posibilidad de darse de baja del curso antes de iniciarse el trimestre con derecho a la devolución de la cuota, dándose así la posibilidad a los usuarios de recuperar la misma cuando no se ha iniciado la prestación del servicio y además se permite igualmente la posibilidad de solicitar la devolución iniciado el trimestre, cuando concurran causas no imputables al interesado, si la solicitud se formula antes de que haya transcurrido un mes desde el inicio. 

Queda suprimido el precio tanto por visitas como por la utilización de salas y servicios en el Faro de la Moncloa ya que el Pleno del Ayuntamiento acordó que la gestión pasaba a la sociedad municipal Madrid Destino Cultura Turismo y Negocio, S.A., del servicio de mirador y centro de referencia turística a desarrollar en el Faro de la Moncloa. 

Para más información:
Ayuntamiento de Madrid

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