Decisiones del Tribunal Supremo sobre el IAJD de las hipotecas
El IAJD de las
hipotecas, en el aire: ¿qué opciones tiene el Supremo sobre la mesa?
Consumidores y bancos aguantarán
este 5 de noviembre la respiración cuando el Tribunal Supremo se disponga a
comunicar qué parte debe pagar finalmente el impuesto de actos jurídicos
documentados (IAJD) que se genera al constituirse una
hipoteca, un tributo que cuesta unos 1.700 euros de media
(aunque varía según la comunidad autónoma y el importe del préstamo). Según el
comparador financiero HelpMyCash.com, los
escenarios más probables son tres: que lo tenga que abonar el banco, que se
le cobre al cliente o que se reparta entre los dos.
Opción 1: que el
impuesto lo pague el banco
El escenario que esperan los
clientes es que el Supremo mantenga el criterio que estableció la Sección
Segunda de su Sala de lo Contencioso-Administrativo: es el banco el que debe pagar el impuesto por ser el interesado en
que se escriture y registre la hipoteca. Esto supondría también la eliminación
del artículo del reglamento del tributo que establece que el abono corresponde
al cliente por ser contrario a la ley.
Desde las asociaciones de consumidores también se reclama que esta
decisión sea retroactiva, es decir, que se pueda exigir el reembolso del
IAJD abonado en operaciones anteriores al 5 de noviembre de 2018. En ese caso,
desde HelpMyCash.com calculan que cada hipotecado podría recuperar más de 3.000
euros de media, sumando el coste del impuesto al de los otros gastos de
constitución que la banca debe devolver (notaría, registro y gestoría).
Sin embargo, el Supremo podría establecer la no retroactividad de su fallo, en cuyo
caso solo se aplicaría en la formalización de los nuevos contratos. En
ambas situaciones, la banca podría encarecer sus préstamos hipotecarios u otros
productos para compensar el coste del IAJD y/o de las devoluciones, ya fuera
con subidas de interés, comisiones más caras, etc. De hecho, algunas entidades
como CaixaBank, Bankinter o Ibercaja ya han movido ficha al incrementar el tipo
de sus hipotecas fijas durante la pasada semana.
Opción 2: que lo siga
abonando el cliente
En cambio, la banca espera que el Supremo finalmente retome la jurisprudencia
que seguía antes de la sentencia del 16 de octubre y establezca que el impuesto debe pagarlo el cliente por ser el sujeto
pasivo de la operación. De hecho, esa es la postura que tomó su Sala de lo
Civil el pasado 28 de febrero de 2018.
Eso sí, desde HelpMyCash.com
afirman que esta decisión no afectaría a
los otros gastos de constitución que el banco no puede trasladar
íntegramente al cliente en ningún caso: los aranceles notariales y registrales
y los honorarios de la gestoría. El comparador calcula que, pese a no poder
reclamar por el IAJD, cada hipotecado
podría recuperar una media de unos 1.500 euros.
Opción 3: que el IAJD
se pague a medias
Y el último escenario que podría
darse sería que el alto tribunal tomara
una decisión salomónica: que el impuesto de la hipoteca recayera tanto sobre el cliente como sobre
el banco. En este caso, habría que ver qué porcentaje del tributo debería
abonar cada parte y cuál sería el carácter del fallo (retroactivo o no).
En cualquiera de estos tres
escenarios no puede descartarse que una
de las partes afectadas (consumidores o banca) eleve una cuestión prejudicial
al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en cuyo caso habría que
esperar a su sentencia para saber finalmente quién debe pagar el IAJD. El
propio Supremo también podría hacer lo propio antes de tomar su decisión,
aunque debería establecer qué ocurriría con las nuevas hipotecas hasta que se
resolviera la cuestión.