jueves, 4 de abril de 2013

Deducción obras vivienda renta 2012

Normas aplicables renta 2012 en relación deducción obras vivienda

¿Es aplicable la deducción por obras de mejora en viviendas en 2012?

Sí, siempre que la base imponible no supere los 70.007,20 euros y que el objeto de las obras sea alguno de los siguientes: mejora de la eficiencia energética, la higiene, salud y protección del medio ambiente, la utilización de energías renovables, la seguridad y estanqueidad de los edificios o la instalación de infraestructuras de telecomunicación que permitan el acceso a Internet y a servicios de televisión digital en la vivienda habitual del contribuyente.
En la declaración de 2012 puede aplicarse por las cantidades satisfechas en 2012 o por las cantidades pendientes de deducción procedentes de otros ejercicios, el régimen de deducción por obras de mejora que corresponda:
– Deducción por las obras realizadas y cantidades satisfechas, desde el 7 de mayo de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2012, en cualquier vivienda que sea propiedad del contribuyente o en el edificio en la que ésta se encuentre, salvo las viviendas afectas a actividades econó­micas.
– Deducción por obras de mejora realizadas y cantidades satisfechas desde el 14 de abril de 2010 hasta el 6 mayo de 2011 en vivienda habitual.
La coexistencia en el ejercicio 2011 de estos dos regímenes de deducción, según que las obras se hubiesen realizado antes o desde el 7 de mayo, unido a la previsión contenida en ambos de que las cantidades satisfechas en un ejercicio que no hayan podido ser deducidas por exceder la base máxima anual, puedan deducirse, con el mismo límite, en los cuatro ejercicios siguientes, ha determinado que en la declaración del ejercicio 2012 haya de tenerse en cuenta, a efectos de su aplicación, la posibilidad de que concurran tanto cantidades satisfechas en el propio ejercicio 2012 como cantidades satisfechas en los ejercicios 2010 y 2011 pendientes de deducir por uno y otro régimen, lo que exige establecer las condiciones que, en tales supuestos, darán derecho al contribuyente a aplicar la deducción y en qué orden.
En relación a esta última cuestión, el orden se aplicación de deducción por obras de mejora, en sus dos modalidades (deducción por obras de mejora en vivienda y por obras de mejora en la vivienda habitual), en la declaración del ejercicio 2012 será la siguiente:
Primero. Deducción por obras de mejora en vivienda:

1º. Cantidades satisfechas desde el 7 de mayo al 31 de diciembre de 2011 pendientes de deducción.

2º. Las cantidades satisfechas en 2012.
Segundo: Deducción por obras de mejora en vivienda habitual:
1º. Cantidades satisfechas desde el 14 de abril al 31 de diciembre de 2010 pendientes de deducción.

2º. Las cantidades desde el 1 de enero al 6 de mayo de 2011 pendientes de deducción.
En ningún caso dan derecho a la aplicación de esta deducción (en cualquiera de sus dos regula­ciones), las cantidades satisfechas por las que el contribuyente practique la deducción por inver­sión en vivienda habitual.




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