sábado, 6 de julio de 2013

Comunicado de NCG Banco, S.A. en relación con el proceso de canje y liquidez actualmente en curso


La aceptación por el cliente de la Oferta de liquidez no implica renuncia por su parte al ejercicio frente a NCG Banco, S.A. de cuantas acciones pudiera plantear en relación con el proceso de comercialización de las obligaciones subordinadas y/o participaciones preferentes

Información relevante de Novagalicia Banco sobre el proceso de canje y liquidez para los propietario de preferentes y obligaciones

En relación con el proceso de canje y recuperación de liquidez actualmente en curso para los titulares de participaciones preferentes y obligaciones subordinadas de NCG Banco S.A. (“NOVAGALICIA”), y ante las inexactas informaciones recientemente publicadas en distintos medios de comunicación, Novagalicia quiere dejar constancia de los siguientes extremos:

1º.- Que la oferta de adquisición voluntaria de acciones de Novagalicia ha sido formulada por el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito, y no por el FROB (Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria), tal y como erróneamente afirman dichas informaciones.

2º.- Que en la documentación que los clientes de Novagalicia deben suscribir, si libre y voluntariamente deciden aceptar dicha oferta, no existe ninguna cláusula que limite la posibilidad de plantear posteriormente contra Novagalicia cuantas reclamaciones consideren oportunas en defensa de sus derechos y en relación con el proceso de comercialización de las obligaciones subordinadas y/o participaciones preferentes.

3º.- Que desde el día 18 de junio se encuentran a disposición de los clientes de Novagalicia en sus oficinas borradores de la documentación a suscribir para que puedan previamente consultar sus términos y condiciones  y poder así adoptar la correspondiente decisión al respecto.

4º.- Que en la propia información facilitada por Novagalicia en relación con los aspectos generales del proceso de canje y recuperación de liquidez se indica expresamente que “La aceptación por el cliente de la Oferta no implica renuncia por su parte al ejercicio frente a NCG Banco, S.A. de cuantas acciones pudiera plantear en relación con el proceso de comercialización de las obligaciones subordinadas y/o participaciones preferentes, incluidos los eventuales vicios en el consentimiento padecidos, en su caso, por aquél al tiempo de dicha comercialización”.

5º.- Que la aceptación por cualquier cliente de la oferta de compra de acciones formulada por el Fondo de Garantía de Depósitos debe ser efectuada de manera pura, simple e irrevocable (sin añadidos ni enmiendas), sin que la aceptación en tales circunstancias constituya obstáculo alguno para que aquellos clientes que lo consideren conveniente puedan formular cuantas reclamaciones consideren oportunas frente a Novagalicia en relación con el proceso de comercialización de las obligaciones subordinadas y/o participaciones preferentes objeto de canje en cada caso.

En definitiva, que aconsejamos a todo el mundo que disponga de este tipo de productos que se informe muy bien, porque en la prensa las informaciones nos son del todo precisas ó no se corresponden con nuestra caso en concreto, de ahí que en este caso, la buena información será lo mejor para tomar la decisión adecuada, por lo tanto aparte de las informaciones valiosas de la prensa, también debemos informarnos con un profesional.

Para más información:
NovaGalicia Banco  

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