La tributación de las cláusulas suelo
¿Tributan
las devoluciones por las cláusulas suelo o están exentas?
Una de las principales novedades de
la declaración de la renta 2016/2017 viene de la mano de la devolución de los intereses de las cláusulas suelo.
Desde el comparador financiero HelpMyCash.com nos aclaran si estos intereses
deben incluirse o no en la declaración del IRPF.
Las devoluciones por suelo no tributan salvo en una excepción
La regulación establece que las
cantidades devueltas por las cláusulas suelo, ya sean en efectivo o mediante
otro método compensatorio, no tendrán que incluirse en la base imponible del
impuesto. Del mismo modo que tampoco tributarán los intereses compensatorios
generados de estas cantidades.
Sin embargo, hay una excepción. Deberán incluirse cuando estos intereses hayan formado parte de la deducción por
inversión en vivienda habitual, en deducciones de intereses dentro de los rendimientos
de capital inmobiliario (arrendamientos) o en deducciones de la actividad
económica de un autónomo, en los últimos
cuatro ejercicios de la renta anteriores a la sentencia, laudo arbitral o
acuerdo con la entidad, pero sin que se exijan los intereses de demora, sanción
ni recargo.
La Agencia Tributaria incluirá un
aviso en las declaraciones de los contribuyentes con cláusulas suelo, para
asegurar que las declaraciones se cumplimenten correctamente.
¿Cómo y cuándo debe ajustarse la deducción?
La regularización de las deducciones
practicadas por adquisición de vivienda se realizará en la declaración correspondiente al ejercicio en el que se
produzca el acuerdo extrajudicial, sentencia o laudo, como un supuesto de
pérdida de deducciones de ejercicios anteriores.
Si el acuerdo con la entidad se ha producido en 2016 habría que
añadir en la declaración que se presenta este año las cantidades deducidas en
los años 2012, 2013, 2014 y 2015. Estas cantidades deben introducirse en las
casillas 524 y 526.
Si el acuerdo se produce entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2017, los intereses del año 2016 no se tendrán en
cuenta en la renta que se presenta este año y en la declaración que se
presente en 2018, sobre el ejercicio de 2017, se incluirán las deducciones de
los años 2013, 2014 y 2015. Es decir, las deducciones del año 2016 no se
incluirían en ninguna declaración.
Por último si el acuerdo con la
entidad se produce a partir de julio de 2017, en la declaración que debe
presentarse en 2018 habría que incluir las deducciones de 2013, 2014, 2015 y
2016.
Por su parte, la regularización de
gastos deducidos en actividades económicas o arrendamiento de bienes se
practicará mediante la presentación de declaraciones
complementarias por los ejercicios no prescritos. En ambos casos, sin
inclusión de intereses de demora, recargos o sanciones.
¿Qué sucede si la compensación del suelo no es en forma de devolución?
Si el consumidor y la entidad
pactan la devolución en forma de recorte del importe del préstamo hipotecario,
en lugar de una compensación en metálico, no
será necesario realizar ninguna regularización de las deducciones
practicadas en los ejercicios anteriores.
Esta puede ser una alternativa para
los consumidores que están próximos a la edad de jubilación y que ahora tienen
fuertes retenciones, pero que en un futuro cercano no las tendrán. A esas
personas quizás les interese seguir desgravando la mayor cantidad posible ahora
y les beneficie reducir la hipoteca del futuro en lugar de cobrar todo lo
indebido en este momento.
Por otro lado, en justa
correspondencia, la reducción del préstamo hipotecario no dará derecho a aplicar la deducción por inversión en vivienda
habitual.