Normativa impuesto sobre el Patrimonio
RDL 13/2011 de 16 de septiembre. Se reestablece el IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO.
- Se recupera para los ejercicios de 2011 y 2012.
- Cada Comunidad Autónoma establecerá cual es el patrimonio mínimo exento a partir del cual se tiene obligación de tributar.
- En las Comunidades Autónomas que no hayan establecido ese mínimo exento el importe será 700.000 €. (La vivienda habitual está exenta hasta 300.000 €).
- Están obligados a presentar la Declaración de Patrimonio aquellos contribuyentes
cuya cuota resulte a ingresar.
- Los contribuyentes que tengan un patrimonio valorado en más 2.000.000 € presentarán la Declaración de Patrimonio, aunque el resultado de la declaración no sea a pagar.
- Los contribuyentes que residan fuera de España están obligados a nombrar una persona para que les represente ante Hacienda cuando por la cuantía y características del patrimonio que posean así lo requiera la Administración tributaria.
- El incumplimiento de la obligación descrita en el apartado anterior se sanciona con multa de 1.000 €.