miércoles, 4 de junio de 2014

Rentas Vitalicias de Deusche Bank

Renta mensual asegurada en la jubilación con las Rentas Vitalicias db que le permiten disfrutar durante toda su vida de una renta mensual asegurada, con un excelente tratamiento fiscal.
¿Para quién es interesante este producto?
Para todas aquellas personas de 60 o más años que deseen percibir una renta mensual invirtiendo un cierto capital.
Tal vez dispone de unos ahorros que quiere destinar a cubrir sus gastos y necesidades y le preocupa que sean suficientes para cubrir toda su jubilación. Con las Rentas Vitalicias dbtendrá la tranquilidad de que su renta mensual esté asegurada para toda la vida.
Otra gran ventaja de este producto es su excelente fiscalidad, ya que un porcentaje de la renta está exento de tributación. Por ello, puede ser adecuado como forma de diversificar sus ahorros para optimizar su fiscalidad.
Tranquilidad para usted y su familia
Según sus necesidades y preferencias podrá elegir si desea destinar todo su capital a percibir su renta mensual o si prefiere preservar todo o una parte del mismo para sus herederos.
Existen las siguientes modalidades de Rentas Vitalicias db, en función de la renta que desee obtener:
  • Modalidad A: el capital garantizado por fallecimiento a sus herederos es del 100% de la prima aportada, más un 5% adicional con el límite de 601,01 euros.
  • Modalidad B: sus beneficiarios recibirán un capital equivalente al 50% de la prima aportada.
  • Modalidad C: sus beneficiarios no recibirán ningún capital.
  • NUEVO - Modalidad D:
En esta modalidad el capital garantizado disminuye a medida que pasan los años, lo que le permite disfrutar de una mayor renta mensual que la que obtendría si preservara todo el capital. Se trata de una opción muy interesante porque ofrece una renta mayor y al mismo tiempo, sus herederos se benefician del capital que usted no haya disfrutado.
Capital garantizadoPeriodo
100%
 
hasta el 5º año
 
80%
 
del 6º al 10º año
 
60%
 
del 11º al 15º año
 
40%
 
del 16º al 20º año
 
20% 
 
del 21º al 25º año
 
sin capital garantizado
 
a partir del 26º año
 
Excelente fiscalidad:
Los rendimientos percibidos de las Rentas Vitalicias db tienen la consideración de rendimientos de capital mobiliario.
Cabe destacar que dicho rendimiento no se determina por el importe de la totalidad de la pensión anual percibida, sino por una parte de la misma que se calculará aplicando unos porcentajes en función de la edad del asegurado en el momento de constitución de la renta*:
El rendimiento sujeto a tributación se integra en la base imponible del ahorro del IRPF. Siendo el tipo impositivo a aplicar sobre la base imponible del ahorro del 19% para los primeros 6.000€ de base y del 21% a partir de 6.000,01 en adelante **, por lo que la tributación final de las Rentas Vitalicias db resulta muy baja.
 
Edad del perceptorPorcentaje aplicable en el cálculo del rendimiento sujeto a tributación
entre 60 y 65 años
 
24%
 
entre 66 y 69 años
 
20%
 
más de 70 años 
 
8%
 

Según legislación fiscal actual sujeta a modificaciones
Las rentas percibidas están sujetas a retención del 19% ***. Dicha retención será de aplicación sobre la parte del rendimiento sujeto a tributación. 
* Excepto en la Comunidad Foral de Navarra, donde la edad a considerar será la del rentista en el momento de la percepción de cada anualidad.
** En la Comunidad Autónoma de País Vasco la base imponible del ahorro tributa a un tipo del 20%
En la Comunidad Foral de Navarra la base imponible el ahorro tributa a un tipo del 18% los primeros 6.000€ de base y a un tipo del 21% a partir de 6.000,01 en adelante. 
*** Excepto en la Comunidad Foral de Navarra donde el tipo de retención es del 18%.

Disponibilidad de su dinero
Aunque las Rentas Vitalicias db están diseñadas con vocación vitalicia, si usted lo precisara podría recuperar su inversión al valor de rescate correspondiente en ese momento, excepto en la modalidad C, en que no se permite el rescate. Es importante tener en cuenta que el hecho de rescatar implica perder las ventajas fiscales, pagando como rendimiento del capital mobiliario, en ese momento, por la parte de las rentas recibidas que hasta entonces no hayan tributado.

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