miércoles, 22 de septiembre de 2010

Cuenta ahorro empresa Banco Gallego

Cuenta Ahorro Empresa de Banco Gallego

pensada para emprendedores que quieren hacer realidad su sueño y poner en marcha una empresa, en el plazo que marca la ley.

La futura empresa podrá estar constituida por varios socios y todos ellos podrán tener su propia Cuenta Ahorro Empresa y beneficiarse así de la desgravación fiscal.

Además tiene las siguientes ventajas:

1.- Una remuneración superior a la que le dan las cuentas ordinarias.

2.- Total disponibilidad de su dinero.

3.- Flexibilidad en los ingresos.

4.- Importantes ventajas fiscales tal y como se relacionan al final del artículo.

Las cantidades aportadas a este tipo de cuentas únicamente podrán destinarse a la creación de una sociedad limitada nueva empresa.

Cada contribuyente sólo podrá tener una Cuenta Ahorro Empresa y beneficiarse de las ventajas fiscales de una única sociedad constituida.

Esta cuenta podrá estar abierta durante un tiempo de 4 años, plazo máximo en el que el titular deberá inscribir la sociedad nueva en el Registro Mercantil.

En la declaración del IRPF, cada contribuyente deberá identificar su Cuenta Ahorro Empresa e indicar, al menos, la entidad donde se ha abierto, la sucursal y el número de cuenta.

Una vez constituida la sociedad, en el plazo máximo de 1 año, deberán seguirse los siguientes pasos:

Las cantidades aportadas a la cuenta deberán destinarse a:
Adquisición de inmovilizado exclusivamente afecto a la sociedad.
Gastos de constitución y primer establecimiento.
Gastos de personal empleado con contrato laboral.
La sociedad deberá contar al menos con:
Un local exclusivamente destinado a llevar la gestión de la actividad.
Una persona empleada con contrato laboral.
Durante al menos los dos años siguientes desde que se inicie la actividad de la sociedad:

Se deberá mantener la actividad económica de su objeto social (sin poder reunir durante esos dos años los requisitos para ser considerada sociedad patrimonial)
Tendrá que haber cómo mínimo un local destinado en exclusiva a la gestión de la sociedad y una persona empleada con contrato laboral, a jornada completa.
Los activos procedentes del saldo de la cuenta, tendrán que permanecer en funcionamiento.

Logicamente la finalidad de la apertura de esta cuenta es aprovechar al máximo las ventajas fiscales que nos permita la legislación vigente.

El contribuyente podrá aplicarse una deducción del 15% con límite de 9.000 Euros anuales sobre las cantidades depositadas en la Cuenta Ahorro Empresa, en cada periodo impositivo hasta la fecha de suscripción de las participaciones de la sociedad nueva empresa.

No habrá derecho a deducción cuando:

Se utilice el dinero depositado en la Cuenta Ahorro Empresa para un fin distinto al de la constitución de su primera sociedad nueva empresa.
Transcurridos 4 años (ejercicios fiscales) desde que se abrió la cuenta no se haya inscrito la sociedad nueva empresa en el Registro Mercantil.
Dentro del plazo de los dos años siguientes al inicio de la actividad, se transmitan "inter vivos" las participaciones.
Siempre que la sociedad nueva empresa no cumpla los requisitos necesarios para obtener la deducción.
Para la regularización de la situación tributaria cuando se pierda el derecho a las deducciones, en el ejercicio donde se hayan incumplido los requisitos, el contribuyente tendrá que sumar, a las cantidades indebidamente deducidas más los intereses de demora, la cuota líquida estatal y la cuota líquida autonómica o complementaria devengadas.

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