viernes, 22 de abril de 2011

Sube deducción rehabilitación de vivienda

La deducción en el IRPF por rehabilitación de viviendas aumenta pasando del 10% actual al 20%, además de ampliarse la cuantía máxima deducible, y los límites de renta para poder beneficiarse de esta deducción, según ha acordado el Consejo de Ministros, en su última reunión celebrada el pasado miércoles día 20 de abril.

Esta modificación de la deducción por obras de rehabilitación en el IRPF, se toma, para hacerla más operativa, y reforzar su carácter incentivador de la actividad y favorecer la creación de empleo. Las modificaciones acordadas hoy mejoran la operatividad de la deducción y permiten cumplir de forma más decidida los objetivos para los que fue creada: estimular la actividad en el sector y favorecer la creación de empleo. Para ello, se amplía el objeto de la deducción, que ya no estará limitado a las obras que se realicen en la vivienda habitual, sino que se extenderá a las que se lleven a cabo en cualquier otra vivienda, incluidas las que se pongan en alquiler, con la única excepción de que no estén afectas a actividades económicas por parte del contribuyente.

Además, se eleva el tipo de la deducción del 10 por 100 original al 20 por 100, así como el límite máximo de renta que impide beneficiarse de este incentivo fiscal. Se establece que los contribuyentes con una base imponible igual o inferior a 53.007,20 euros podrán beneficiarse en su totalidad de la deducción, rebajándose ésta progresivamente hasta quedar a cero para los contribuyentes con una base imponible superior a 71.007,20 euros. En la redacción del Real Decreto Ley de abril de 2010 estos límites eran de 33.007,20 euros y 53.007,20 euros, respectivamente.

La reforma eleva, asimismo, el límite máximo de base de deducción anual, que pasa de 4.000 euros a 6.750 euros. Esto significa que la deducción anual máxima de la que se puede beneficiar un contribuyente será de 1.350 euros (el 20% de 6.750 euros), lo que permite equiparar el límite de esta deducción con la existente por inversión en vivienda. Además, se aumenta el límite plurianual máximo deducible, que pasa de doce mil euros a veinte mil euros.

Señalar que esta deducción es incompatible con la deducción por inversión en vivienda cuando se trata de obras susceptibles de acogerse a ambos incentivos, de tal manera que solo se aplique uno de ellos, además seguirá teniendo un carácter temporal y se podrá aplicar únicamente a las obras realizadas (cantidades satisfechas) hasta el 31 de diciembre de 2012.

Ya para concluir, indicar que lo que no variará, seré el el carácter finalista de las obras, que deberán destinarse a la mejora de la habitabilidad de la vivienda: eficiencia energética y del uso del agua, accesibilidad e instalación de infraestructuras para el acceso a Internet o a la TDT, manteniéndose las exclusiones referentes a obras en garajes, jardines, parques, piscinas, elementos deportivos y análogos.

Para más información:
Consejo de Ministros – Ministerio de Economía y hacienda

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