domingo, 12 de diciembre de 2010

Gestión de Impuestos por los registradores de la propiedad en Madrid

La gestión de impuestos por los registradores de la propiedad en Madrid, estará garantizada gracias al convenio firmado entre la Comunidad de Madrid y el Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles, merced al cual La Comunidad de Madrid destinará 38,6 millones de euros, para que los registradores sigan gestionando los impuestos de Sucesiones y Donaciones y de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Indicar que gracias a esta inversión de La Comunidad de Madrid, materializada mediante la firma de este Convenio, se garantiza que los Registradores de la Propiedad de las 24 Oficinas de Liquidadoras de Distrito Hipotecario continúen liquidando y gestionando estos impuestos hasta el año 2015.

Funciones del Colegio de Registradores
Entre las funciones encomendadas a las oficinas liquidadoras destacan la recepción de documentos y declaraciones, la información al público sobre la gestión completa de los impuestos, la revisión de todos los documentos y autoliquidaciones, la emisión de las liquidaciones provisionales, la recepción de todos los escritos, la remisión de la información periódica que determine la Comunidad de Madrid, el archivo de la documentación, la recepción de las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento, y la
resolución de recursos de reposición interpuestos contra los actos dictados por las propias oficinas liquidadoras.

Además, los registradores de la propiedad se encargan de la notificación de los actos, de la instrucción del procedimiento sancionador, hasta la formulación de la propuesta de resolución, la prórroga y suspensión de plazos de presentación de documentos, así como de todas aquéllas tareas que, surgidas en el curso de la gestión encomendada, sean específicamente encargadas por la Comunidad de Madrid.

Competencias de la Comunidad de Madrid
Por su parte, la Comunidad de Madrid mantiene entre sus competencias la revisión y liquidación de las declaraciones tributarias que excedan de 30 millones en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, y de 100 millones en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Asimismo es competencia de la Administración la gestión y liquidación de las declaraciones tributarias contenidos de los modelos de autoliquidación 610, 630 y 615, la tramitación de aplazamientos y fraccionamientos y la elaboración de providencias de apremio sobre las deudas generadas por las oficinas liquidadoras.

También es competencia de la Comunidad de Madrid la inspección de hechos imponibles y práctica de las liquidaciones que resulten de actas de inspección incoadas, los procedimientos especiales, el reconocimiento del derecho de las devoluciones de ingresos indebidos y realización de los mismos, la tasación pericial contradictoria, y la resolución de los procedimientos sancionadores instruidos por las Oficinas Liquidadoras.

Por último indicar que El Reglamento estatal del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados permite a las Comunidades Autónomas encomendar funciones de gestión y liquidación de los citados impuestos. Desde junio de 1996 se han firmado distintos Convenios de colaboración con el Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles encomendando las funciones de gestión y liquidación a estos profesionales.

Para más información:
Comunidad de Madrid

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